Con ese epígrafe reitera los fundamentos antes expuestos y denuncia la violación de los arts
Normas erróneamente interpretadas y violadas
Con ese epígrafe reitera los fundamentos antes expuestos y denuncia la violación de los arts. 594 y 595 del RCSS ya referidos. El art. 477 del RCSS que sustenta la potestad de revisión, repitiendo el fundamento ya expuesto sobre la facultad de recuperación de fondos por cobros indebidos (art. 4-c del D.S. N° 261899 y que el SENASIR debe aplicar el art. 1 de la RM 13461 de 4 de diciembre de 1997 respecto al reconocimiento de aportes a la fecha de corte del sistema de reparto, 30 de abril de 1997
Con ese epígrafe reitera los fundamentos antes expuestos y denuncia la violación de los arts. 594 y 595 del RCSS ya referidos. El art. 477 del RCSS que sustenta la potestad de revisión, repitiendo el fundamento ya expuesto sobre la facultad de recuperación de fondos por cobros indebidos (art. 4-c del D.S. N° 261899 y que el SENASIR debe aplicar el art. 1 de la RM 13461 de 4 de diciembre de 1997 respecto al reconocimiento de aportes a la fecha de corte del sistema de reparto, 30 de abril de 1997
- Contra la mencionada Resolución, Grover Callpa planteó Recurso de Reclamación (fs
- Notificado con la Resolución aludida, Grover Callpa interpuso Recurso de Apelación (fs
- La mencionada Resolución, motivó el Recurso de Casación en el fondo de fs
- Que, la Resolución de la Comisión de Reclamación consideró la aplicación del art
- Afirma que el D
- Con ese epígrafe reitera los fundamentos antes expuestos y denuncia la violación de los arts
- Identifica también como violado el D
- II.1. Respuesta al recurso.- Grover Callpa, con memorial de fs. 241, responde al recurso señalando
- Por su parte el art
- En ese marco normativo, de la revisión de los antecedentes remitidos en Casación se constata
- Asimismo, luego de reconocer que efectivamente el SERECI La Paz certificó que existen tres
- En concordancia, el art
- A lo puntualizado, se añaden la SCP 0280/2012 de 4 de junio, que en relación
- Partiendo de este entendimiento, se concluye
- 2
- Por los argumentos expuestos y reconocida como queda la facultad del SENASIR para la revisión
- Concluyéndose, por el fundamento expuesto, que el Auto de Vista recurrido efectuó interpretación cabal de
- Firmado
