Notificado con la Resolución aludida, Grover Callpa interpuso Recurso de Apelación (fs
I.1.3. Auto de Vista
Notificado con la Resolución aludida, Grover Callpa interpuso Recurso de Apelación (fs. 215 a 214), en mérito al cual, la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista N° 72/2016 de 13 de junio, Revocó la Resolución de la Comisión de Reclamación N° 214/15 y, deliberando en el fondo dispuso la restitución de la renta única de vejez con reducción de edad en su favor
Notificado con la Resolución aludida, Grover Callpa interpuso Recurso de Apelación (fs. 215 a 214), en mérito al cual, la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista N° 72/2016 de 13 de junio, Revocó la Resolución de la Comisión de Reclamación N° 214/15 y, deliberando en el fondo dispuso la restitución de la renta única de vejez con reducción de edad en su favor
- Contra la mencionada Resolución, Grover Callpa planteó Recurso de Reclamación (fs
- Notificado con la Resolución aludida, Grover Callpa interpuso Recurso de Apelación (fs
- La mencionada Resolución, motivó el Recurso de Casación en el fondo de fs
- Que, la Resolución de la Comisión de Reclamación consideró la aplicación del art
- Afirma que el D
- Con ese epígrafe reitera los fundamentos antes expuestos y denuncia la violación de los arts
- Identifica también como violado el D
- II.1. Respuesta al recurso.- Grover Callpa, con memorial de fs. 241, responde al recurso señalando
- Por su parte el art
- En ese marco normativo, de la revisión de los antecedentes remitidos en Casación se constata
- Asimismo, luego de reconocer que efectivamente el SERECI La Paz certificó que existen tres
- En concordancia, el art
- A lo puntualizado, se añaden la SCP 0280/2012 de 4 de junio, que en relación
- Partiendo de este entendimiento, se concluye
- 2
- Por los argumentos expuestos y reconocida como queda la facultad del SENASIR para la revisión
- Concluyéndose, por el fundamento expuesto, que el Auto de Vista recurrido efectuó interpretación cabal de
- Firmado
