Auto Supremo AS/0083/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0083/2017-RA

Fecha: 06-Feb-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 023/12-AAD de 11 de octubre de 2012 (fs. 1648 a 1685 vta.), el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justica de Cochabamba, declaró autores y culpables a: Jenny Suarez Villavicencio del delito de Peculado, sancionado por el art. 142 del CP, imponiendo la pena de ocho años de presidio, y mil días multa a razón de Bs. 1.- por día; a Orlando Eliseo Lizarazu Mayorga y Ruth Lilian Espinoza Terán de Galdo del delito de Incumplimiento de Deberes, tipificado por el art. 154 del CP, imponiendo la pena de seis meses de reclusión; empero, se les otorgó el beneficio del Perdón Judicial, y multa de trescientos y cien días a razón de Bs. 1.- por día, a todos se les sanciono con costas a favor de las víctimas y del Estado; y, Ana María Gutiérrez Royo de López absuelta del delito de Incumplimiento de Deberes, sin costas