Auto Supremo AS/0083/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0083/2017-RA

Fecha: 06-Feb-2017

En el primer motivo de casación, se advierte que el recurrente por un lado cuestiona


En el primer motivo de casación, se advierte que el recurrente por un lado cuestiona que el Tribunal de alzada: a) Motiva defectuosamente el Auto de Vista recurrido, al no efectuar un análisis propio y crítico de los defectos de sentencia expuestos en apelación [art. 370 incs. 1), 4), 5), 6), 8) y 10) del CPP], esgrimiendo argumentos genéricos e improvisados para luego llegar a la conclusión de que resulta improcedente el defecto de falta de fundamentación y motivación; b) Omite efectuar un análisis crítico y pronunciamiento fundado y motivado del defecto de procedimiento denunciado respecto a la observancia y cumplimiento del art. 95 del CPP, habiendo respondido de manera equívoca; por cuanto, da respuesta al motivo denunciado con argumentos que no hacen o resuelven el defecto de procedimiento denunciado, sino a otro aspecto que no concierne a la cuestión impugnada; y, c) No se pronunció sobre la valoración que realiza el Tribunal sobre su supuesto accionar negligente, incumpliendo la doctrina legal respecto a la obligación de dictar una resolución fundamentada respecto a los defectos y aspectos impugnados