Auto Supremo AS/0114/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0114/2017-RRC

Fecha: 20-Feb-2017

2) En el punto 3 del referido considerando, el Tribunal de alzada señaló que en:


2) En el punto 3 del referido considerando, el Tribunal de alzada señaló que en: “los puntos 1, 3 y 4 de la Sentencia apelada, voto de los miembros del Tribunal, exposición de motivos de hechos probatorios (…)” (sic), que en los puntos segundo, tercero y cuarto de la Sentencia, se había realizado referencia a las pruebas, “sin dar cumplimiento a lo previsto por el art. 370 núm. 5) ya que solo se puede realizar la descripción de las pruebas pero no se establece de forma fundamentada el valor que se le habría otorgado a cada una de las pruebas (…)” (sic), en la parte cuarta de la Sentencia se había enunciado el hecho probado, sin explicar por qué aplica el principio iura novit curia, a fin de mutar el tipo penal de Asesinato a Homicidio por emoción violenta, éste último que no se adecuaría a los hechos y circunstancias en las que ocurrieron los hechos juzgados