Auto Supremo AS/0162/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0162/2017

Fecha: 20-Feb-2017

El art

III. 3.- Del art. 1006 del Código de Comercio.-
El art. 1006 del Código de Comercio establece: (Medio de prueba) El contrato de seguro se prueba por escrito, mediante la póliza de seguro; sin embargo se admiten los demás medios si existe principio de prueba por escrito. La póliza debe redactarse en idioma castellano, en forma clara y fácilmente legible y extenderse en dos ejemplares que deben ser firmados por las partes”