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    Auto Supremo AS/0042-1/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0042-1/2017

    Fecha: 27-Mar-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO I
    • La resolución señalada, fue recurrida en apelación por la entidad demandada (fs
    • El mencionado Auto de Vista originó que la entidad demandada a través de su apoderado
    • Indicó que, el Auto de Vista recurrido condena en costas en ambas instancias, sin tomar
    • Señaló que, el tribunal de alzada no obstante la prueba documental cursante de fs
    • Continua señalando que, son contratos que se someten a la jurisdicción especial como ha determinado
    • Indicó que, conforme lo determina el art
    • Refiere que, de acuerdo a la copia legalizada de la planilla de pago de aguinaldo
    • Indicó que no corresponde el pago del desahucio porque de acuerdo al art
    • Concluyó solicitando se dicte auto supremo anulando obrados hasta que se eleve en revisión la
    • El mencionado Recurso De Casación, generó que el demandante mediante memorial de fs
    • Refirió que, a lo largo del proceso se demostró con prueba fehaciente que el actor
    • Indicó que, los contratos que refiere la entidad demandada sobre consultoría y prestación de servicios,
    • Finalizó la respuesta solicitando al Tribunal Supremo declare improcedente o infundado el Recurso
    • Mediante Auto Supremo Nº 362-A, de 26 de octubre de 2016, la Sala Contenciosa, Contenciosa
    • Que, así expuestos los reclamos contenidos en el Recurso de Casación en la forma y
    • En referencia a las nulidades específicas, si bien es cierto que por disposición del art
    • Así establecidos algunos principios en los que basa toda nulidad procesal, y ajustando los mismos
    • Respecto a la denuncia sobre la afirmación que no se hizo uso de la
    • En cuanto a la mención del art
    • Por lo expuesto, corresponde resolver el recurso aplicando lo dispuesto en el art
    • Finalmente en cuanto a la denuncia, respecto a que el auto de vista recurrido hubiere
    • Así interpuesto el Recurso De Casación en el fondo, de la revisión de los antecedentes
    • Por lo señalado, esta Sala Especializada resolverá los reclamos denunciados de manera conjunta, partiendo de
    • La subordinación y la dependencia, componen el elemento principal para la identificación de la existencia
    • Otro elemento de la relación de trabajo, es la contraprestación por el trabajo desarrollado, es
    • El contrato de trabajo es la fuente de la relación laboral, cumple una función reguladora
    • B
    • El contrato de consultoría, se halla reglado por principios que suponen la
    • Por lo anterior, el contrato de consultoría en nuestra legislación, forma parte de una amplia
    • Se pacta para la ejecución de una labor específica, que la persona desarrollará de acuerdo
    • Bajo esta premisa el principio de la prevalencia o primacía de la realidad, es entendido
    • En el marco de los preceptos legales, doctrinales y jurisprudenciales transcritos precedentemente, en la especie,
    • En cuanto al argumento, en sentido que, el tribunal de alzada no obstante la prueba
    • En cuanto a las denuncias de que por disposición del art
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Sin responsabilidad por ser excusable
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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