Auto Supremo AS/0042-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0042-1/2017

Fecha: 27-Mar-2017

Indicó que, conforme lo determina el art

Indicó que, conforme lo determina el art. 120 de la Ley General del Trabajo, concordante con el art. 163 del Decreto Reglamentario, las acciones y derechos provenientes de la ley se extinguirán en el término de 2 años de haber nacido ellas. Por otra parte, señala que, a partir de la vigencia de la actual Constitución Política del Estado ocurrida el 7 de febrero de 2009, los derechos laborales asumen la condición de imprescriptibles. Que en el caso presente, se demanda el pago de beneficios sociales que se encuentran prescritos, y por lo tanto no corresponde su pago