Auto Supremo AS/0153/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0153/2017-RA

Fecha: 17-Mar-2017

Respecto del cuarto motivo, refiere que en su recurso de apelación restringida señaló que cuando


Respecto del cuarto motivo, refiere que en su recurso de apelación restringida señaló que cuando el Juez Presidente anuló obrados se encontraba vigente la Ley 007 la que establecía que los jueces y tribunales de sentencia penal ya no tenían competencia para conocer excepciones e incidentes, porque ya era competencia del juez instructor en la audiencia conclusiva; por lo que, incurrió en contradicción de los precedentes invocados porque los mismos establecen que la Ley procesal es aplicable siempre para lo vigente, enfatizando que lo contrario implica vulneración de derechos y garantías constitucionales, como ser el debido proceso, al considerar que anulo lo obrado con normas no vigentes, aspecto del cual el Tribunal de alzada contradice al precedente porque pretende ampliar la competencia al Tribunal, cuando indica que el imputado no interpuso excepciones, en vulneración del art. 122 de la CPE