Auto Supremo AS/0212/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

c)Denuncia que la Sentencia también incurrió en el defecto previsto por el inc


c)Denuncia que la Sentencia también incurrió en el defecto previsto por el inc. 11) del art. 370 del CPP; toda vez, que la acusación fiscal habría señalado que se apropió de la suma de Bs. 1.206.776.- (un millón doscientos seis mil setecientos setenta y seis bolivianos); sin embargo, en la tercera conclusión de la Sentencia se establecería que la suma ascendió a Bs. 514.747,12.- (quinientos catorce mil setecientos cuarenta y siete bolivianos); asimismo, el monto establecido por el A quo también diferiría del monto señalado en la acusación particular; en el mismo motivo, el recurrente señala que en la acusación fiscal y particular, se habían circunscrito los hechos a las gestiones 2001 y 2005; sin embargo, el Tribunal de mérito con la finalidad de rechazar la excepción de cosa juzgada, había delimitado el contexto de los hechos únicamente a la gestión 2005, en contradicción incluso con lo determinado por el Auto de apertura 268/2015 de 9 de septiembre