Auto Supremo AS/0212/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

En similar error incurrió el recurrente a tiempo de tratar de subsanar los motivos de


En similar error incurrió el recurrente a tiempo de tratar de subsanar los motivos de su recurso de apelación restringida, fundados en la presunta existencia del defecto de sentencia previsto por el inc. 11) del art. 370 del CPP y la presunta violación del principio in dubio pro reo; lo cual este Tribunal verifica, pues conforme a lo expuesto en el acápite II.3, se evidencia que el recurrente reiteró los argumentos de su recurso de apelación restringida, subsanando parcialmente su recurso al identificar que normas habrían sido inobservadas o violadas por el A quo; empero, es evidente que además de identificar las normas, no sustentó de forma clara y precisa de qué manera se habrían vulnerado dichas normas, y lo que es peor, no cumplió con la carga de señalar de qué manera se debió aplicar las normas que él identifica en su recurso como violadas o inobservadas. Asimismo, este Tribunal establece que en el segundo considerando de la resolución impugnada puntos 1 al 6, el Ad quem, explicó de manera suficiente, cuáles eran los requisitos que las partes recurrentes deben cumplir a efectos de la admisibilidad, siendo dichos argumentos suficientemente claros y expresos; y, que sustentan el rechazo de los motivos de apelación fundados en la presunta existencia de los defectos de Sentencia previstos por los incs. 5) y 11) del art. 370 de la norma adjetiva penal, así como la supuesta vulneración del principio in dubio pro reo; no siendo evidente la denuncia de vulneración del debido proceso, fundamentación, legalidad y favorabilidad