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    Auto Supremo AS/0238/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0238/2017-RRC

    Fecha: 21-Mar-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 16 de mayo de 2016, cursante a de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a) Por Sentencia 23/15 de 16 de noviembre de 2015 (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 855/2016-RA de 31 de octubre,
    • El recurrente acusa que el Auto de Vista recurrido en su considerando IV, incurrió en
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicita que en aplicación del art
    • Mediante Auto Supremo 855/2016-RA de 31 de octubre de fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y determinado el ámbito de
    • Por Sentencia 23/2015 de 16 de noviembre de 2015, el Juez Octavo de Sentencia del
    • De acuerdo al desarrollo del juico, luego de la valoración y apreciación de la prueba
    • II.2. De la apelación restringida
    • Luciano Meyui Justiniano representado por Pelagio Menacho Espinoza, presenta recurso de apelación restringida, argumentando que
    • Denuncia valoración integral de pruebas y conclusiones erradas del Juzgador, arguyendo que en las conclusiones
    • La Sentencia no cumple con la aplicación objetiva de la ley, menos la verdad material,
    • Alega la existencia de contradicción entre la parte considerativa y dispositiva, en la parte considerativa
    • Finalmente, arguye vulneración de derechos y garantías que deben ser revisados de oficio por los
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • El recurso de apelación restringida interpuesto por el querellante, fue resuelto por la Sala Penal
    • Del estudio minucioso de los datos el proceso y todo cuanto convino ver, llega a
    • Esta Sala Penal admitió el presente recurso de acuerdo al Auto Supremo 855/2016-RA de 31
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por el art
    • El art
    • La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia, contiene íntima y estrecha relación
    • Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
    • III.2.Del precedente invocado y el análisis del caso concreto
    • El motivo alegado por el recurrente da cuenta que la prueba producida en juicio, fue
    • El recurrente invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 338 de 5 de abril de
    • Que, de la norma transcrita se desprende que no necesariamente debe exigirse el cumplimiento de
    • Que, los Tribunales del país en materia penal deben tener presente al realizar la subsunción
    • En ese contexto, el recurrente acusa al Tribunal de alzada, no haber precisado que la
    • Ahora bien, en el inmediato sucesivo Considerando (quinto), el Auto de Vista en lo pertinente,
    • En cuanto a las cuestiones relativas a que el Tribunal de alzada hubiese afirmado que
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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