Bajo ese antecedente cuando en el caso en estudio refiere violación, interpretación errónea y aplicación
Bajo ese antecedente cuando en el caso en estudio refiere violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, así como la comisión de errores de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas, sin individualizar ni distinguir de manera pertinente cómo el Ad quem hubiera cometido las infracciones que se refiere, asimismo qué normas considera como interpretado de manera errónea y que otras se aplicaron de manera indebida, además de los errores tanto de hecho como de derecho en la apreciación de las pruebas, sin que se vincule de manera pertinente las disposiciones legales en relación a los actuados que se reseñó de manera referencial, evidencia la carencia de fundamento a su recurso. Este aspecto debe tener presente la entidad demandante que consideró esos pormenores a tiempo de responder al recurso de casación pidiendo se declare por su improcedencia, no obstante al darle la explicación pertinente no corresponde acoger su postura
- Proceso: Acción Negatoria, Reivindicación y otros
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que fue apelada por Gobierno Municipal de La Paz por memorial de fs
- En mérito a esos antecedentes, Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La
- De la relación de antecedentes se establecería que el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz
- Recurriendo al art
- Asimismo destaca las características de la acción Reivindicatoria inserta en el art
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Por otro lado si bien se declaró improbada la reconvención solo se haría énfasis respecto
- Señala que se incurrió en error de hecho en cuanto a la valoración de la
- Luego de referir el contenido en lo pertinente del Auto de Vista concluyen que se
- Refiere haber probado la inscripción desde el año 1946 señalando datos al respecto, en
- La verdad real fuera que el GAMLP no tiene derecho de propiedad sobre la
- Analiza lo razonado sobre la acción negatoria y sus características, que se cometió un equívoco,
- De la respuesta al recurso de casación
- Que debe estar claramente establecida fijando el Código de Procedimiento Civil las causales de casación
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Asimismo en los Autos Supremos Nros
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Bajo el subtítulo “de la motivación”, la parte recurrente efectúa una descripción de antecedentes del
- Lo propio ocurre cuando de manera conjunta señala la existencia de errores de hecho y
- Bajo ese antecedente cuando en el caso en estudio refiere violación, interpretación errónea y aplicación
- Bajo esas consideraciones, corresponde emitir resolución por el infundado
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase. Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
