Auto Supremo AS/0260/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0260/2017

Fecha: 09-Mar-2017

Luego de referir el contenido en lo pertinente del Auto de Vista concluyen que se

Luego de referir el contenido en lo pertinente del Auto de Vista concluyen que se ha incurrido en errores de hecho al no ponderar las pruebas en su conjunto y realizando una comparación concluir que el derecho del Municipio fue inscrito posterior al predio adquirido según Escritura Pública Nº 573/1944. Que el Municipio sustanció el procedimiento técnico administrativo que les siguió sobre la construcción despojando y destruyendo la construcción. No se habría tomado en cuenta que habrían probado que el predio de 918 m2 se halla en Villa Copacabana con las características que señala con registro sobre una superficie de 3.700 m2 y dentro de los cuales se encontraría el terreno en litigio y el saldo estuviera abusado por el GAMLP