Auto Supremo AS/0269/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0269/2017

Fecha: 09-Mar-2017

Al respecto, se debe señalar que la parte ahora recurrente a momento de interponer el

Al respecto, se debe señalar que la parte ahora recurrente a momento de interponer el recurso de apelación no ha impugnado la determinación asumida por el A quo sobre la excepción de prescripción, por lo que se entiende que renunció a esta pretensión, por lo mismo, al no haber sido impugnado, el Ad quem no ha considerado dicho aspecto, en ese antecedente, al no existir pronunciamiento expreso por parte del Tribunal de Alzada, este Tribunal además no puede resolver en per saltum