Auto Supremo AS/0288/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0288/2017

Fecha: 15-Mar-2017

I. ANTECEDENTES

I. ANTECEDENTES:
Que la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, pronunció el Auto Supremo Nº 038/2016 de 28 de noviembre, declarando infundada la excepción de incompetencia formulada por el imputado Adolfo Arturo Dávalos Yoshida, señalando que ante la formulación de proposición acusatoria en contra de Gonzalo Sánchez de Lozada en su condición de ex presidente de Bolivia y otros, se dio aviso al Tribunal Supremo y una vez acumulados los antecedentes derivo en la emisión del requerimiento acusatorio emitido por la Asamblea Legislativa Plurinacional, extremo que resulto trascendental para determinar la competencia de la Sala Penal.
Por otra parte, el Ministerio Público emitió requerimiento acusatorio para la autorización de juzgamiento del ex presidente de Bolivia, que fue autorizado por la Asamblea Plurinacional de Bolivia por su supuesta participación en la capitalización de ENFE; y de manera especifica con relación al imputado Arturo Dávalos Yoshida, conforme refiere el Ministerio Publico en el requerimiento de imputación, hubiese participado en la junta de accionistas que determino la reducción del capital de la empresa FCA SAM en más del 50%, por lo que deberá ser enjuiciado conjuntamente la causa principal, vale decir dentro del juicio de responsabilidades al ex Presidente de Bolivia Gonzalo Sánchez de Lozada, tal como se bien realizando en la actualidad