POR TANTO
En estos antecedentes, se concluye que la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia al emitir el Auto Supremo Nº 038/2016 de 28 de noviembre, ha obrado correctamente.
POR TANTO.- La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art. 406 de Código de Procedimiento Penal aplicable al caso presente por permisión del art. 11 de la Ley Nº 044, se CONFIRMA el Auto Supremo Nº 038/2016 de 28 de noviembre, emitido en el proceso de privilegio constitucional seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y otros, por la presunta comisión de los delitos de Contratos Lesivos al Estado y otros, con costas
POR TANTO.- La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art. 406 de Código de Procedimiento Penal aplicable al caso presente por permisión del art. 11 de la Ley Nº 044, se CONFIRMA el Auto Supremo Nº 038/2016 de 28 de noviembre, emitido en el proceso de privilegio constitucional seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y otros, por la presunta comisión de los delitos de Contratos Lesivos al Estado y otros, con costas
- Parte Acusadora: Ministerio Público
- VISTOS: El memorial de apelación de fs
- I. ANTECEDENTES
- II. DEL CONTENIDO DE LA APELACIÓN INCIDENTAL
- 2
- Por otra parte la Procuraduría General del Estado, contestó dicho recurso mediante memorial de 11
- La Fiscalía General del Estado, expone su contestación al recurso en el escrito de 10
- La Ley Nº 044 establece en su art
- El art
- 1
- Al respecto corresponde señalar que de la revisión de antecedentes del proceso, remitidos a este
- Ahora bien, si en criterio de la parte apelante, al haber el Ministerio Publico emitido
- En función a lo expuesto supra y la revisión de antecedentes se tiene que el
- Al respecto, se debe señalar que de la revisión y análisis del Auto Supremo impugnado,
- 3
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
