Auto Supremo AS/0260/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0260/2017-RRC

Fecha: 17-Abr-2017

En consecuencia, respecto del inc


En consecuencia, respecto del inc. 6) del art. 370 del CPP, se estableció que la parte apelante efectuó un análisis particular de la actividad efectuada por el Tribuna A quo con referencia a aspectos fácticos, sin tener presente que de conformidad a la amplia jurisprudencia emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, los Tribunales de alzada se encuentran impedidos de realizar una nueva valoración o revalorización de la prueba e ingresar a analizar circunstancias fácticas, pues dicha actividad es privativa de los Jueces y Tribunales de Sentencia, así lo establecieron los Autos Supremos 014/2013-RRC de 6 de febrero, 200/2012-RRC de 24 de agosto, 196 de 3 de junio de 2005 y 074/2013-RRC de 19 de marzo