Auto Supremo AS/0288/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0288/2017-RRC

Fecha: 18-Abr-2017

1)La recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incumplió con el mandato establecido por los


1)La recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incumplió con el mandato establecido por los arts. 17 de la Ley 025 y 398 del CPP, por falta de resolución de los siguientes motivos de apelación: i) Inobservancia del art. 123 del CPP, porque el A quo había resuelto mediante “providencias” cuestiones incidentales, como si se tratara de asuntos de mero trámite, incumpliendo lo dispuesto por el art. 115 de la Constitución Política del Estado (CPE) y los arts. 398, 407 y 124 de la norma adjetiva penal; y, ii) Indebida participación del Ministerio Público, pues éste había retirado su acusación, por lo que el juicio estaría viciado de nulidad conforme lo previsto por el inc. 1) del art. 169 del CPP; defecto de sentencia que al no haber sido resuelto por el Tribunal de alzada, constituiría defecto absoluto conforme lo previsto por el art. 169 inc. 3) de la norma referida precedentemente, por afectación de la seguridad jurídica e inobservancia del art. 124 de la norma adjetiva penal