Auto Supremo AS/0378/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0378/2017

Fecha: 12-Abr-2017

La posesión trasciende del dominio físico sobre el objeto (corpus), alcanzando también la voluntad

La posesión trasciende del dominio físico sobre el objeto (corpus), alcanzando también la voluntad de comportarse en cuanto a ese objeto como dueño y propietario (ánimus), lo que se traduce en la intención de tratar como propia la cosa que deber formar el objeto de la posesión, al respecto el art. 87-I del Código Civil señala que: “La posesión es el poder de hecho ejercido sobre una cosa mediante actos que denotan la intención de tener sobre ellas el derecho de propiedad u otro derecho real.”. Se debe incluir a lo anterior que para fundar la usucapión por la posesión en interpretación de los arts. 135 y 137 del Código Civil, debe ser continua e ininterrumpida, pública y pacífica