Auto Supremo AS/0378/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0378/2017

Fecha: 12-Abr-2017

Respecto a lo acusado en el fondo, es preciso abordar el tema en cuestión señalando

En el fondo
Respecto a lo acusado en el fondo, es preciso abordar el tema en cuestión señalando que el art. 138 del Código Civil que regula la usucapión decenal o extraordinaria señala que: “La propiedad de un inmueble se adquiere también por sólo la posesión continuada durante diez años.”, esta forma de adquirir la propiedad, llamada en doctrina prescripción adquisitiva, se funda en la posesión continua e ininterrumpida, pública, pacífica por el plazo que dispone la ley. Se concluye entonces que la posesión en suma con el tiempo constituye el sostén para la pretensión prescriptiva del dominio