Auto Supremo AS/0378/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0378/2017

Fecha: 12-Abr-2017

No solo se pretendería se valore prueba impertinente en el proceso sino que se aparte

No solo se pretendería se valore prueba impertinente en el proceso sino que se aparte de la ley a la autoridad judicial, existirá le limitación del art. 1503 del Código Civil los casos en que puede haber interrupción de la prescripción y ninguno de ellos fuera señalada por la recurrente ni excepcionado esa hipotética interrupción, y que por imperio del art. 16 de la Ley del Órgano judicial no podría hacerlo en esta etapa, que al no haber operado en el caso de autos ninguna de las formas de interrupción se habría obrado de manera correcta