Auto Supremo AS/0394/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0394/2017

Fecha: 12-Abr-2017

Con relación al reclamo diremos que los expedientes al ser remitidos a una instancia superior

Con relación al reclamo diremos que los expedientes al ser remitidos a una instancia superior para su consideración, son sorteados para las diferentes Salas conforme a un sistema de reparto, y si bien no existe esta boleta de sorteo, el proceso ha sido repartido a la Sala Civil Tercera conforme se evidencia del decreto de radicatoria de la causa cursante a fs. 559, no habiendo observado este hecho en el momento oportuno, habiendo sido notificado con el Auto de Vista emitido, notificación que cursa fs. 565 de obrados, momento que debió observar este supuesto vicio, sin embargo conforme se desprende del memorial de fs. 566 el recurrente interpuso complementación y enmienda del Auto de Vista, debiendo en el momento oportuno observar esta situación, pues en virtud del principio de convalidación expuesto en la doctrina aplicable III. 1 al no reclamar este aspecto en el momento ha consentido lo acusado, no habiendo interpuesto incidente alguno contra el acto procesal objetado de nulidad, dejando ver a la autoridad judicial, que ese acto se encuentra plenamente consentido o convalidado, situación en el presente caso ha ocurrido