Auto Supremo AS/0394/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0394/2017

Fecha: 12-Abr-2017

Por lo que corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo establece el art


Aunque el reclamo resulta repetitivo diremos que la notificación cursante a fs. 559 vta., contenía un error pues en la notificación de referencia se notifica con el Auto de Vista emitido, sin embargo de fs. 563 a 565 cursa notificaciones con el Auto de Vista, en ese sentido este error debió ser observado por el recurrente en el momento oportuno, al no hacerlo ha consentido dicha observación, pues no resulta ético que ante las resultas de una Resolución desfavorable emitida por el tribunal de Alzada, recién cuestione las notificaciones. Asimismo una vez notificado con el Auto de Vista que cursa a fs. 565 debió observar este vicio y no lo hizo solicitando complementación y enmienda sobre aspectos de fondo, sin observar esta situación, razón por la cual, en virtud del principio de convalidación citado en la doctrina aplicable en el punto III.1 ha convalidado este supuesto vicio precluyendo su derecho.

Por lo que corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo establece el art.220.II del Código Procesal Civil