Partes: Ritha Poly Sejas Rojas. c/ Banco Económico S.A. y otros
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 394/2017
Sucre: 12 de abril 2017
Expediente: SC-70-16-S
Partes: Ritha Poly Sejas Rojas. c/ Banco Económico S.A. y otros
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 394/2017
Sucre: 12 de abril 2017
Expediente: SC-70-16-S
Partes: Ritha Poly Sejas Rojas. c/ Banco Económico S.A. y otros
- Partes: Ritha Poly Sejas Rojas. c/ Banco Económico S.A. y otros
- Proceso: Ordinario Sobre reconocimiento de mejoras
- Distrito: Santa Cruz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Con relación a la denuncia de que no existe reconocimiento de firmas del primer contrato
- Con relación a lo observado por el recurrente Julio Llanos Quintanilla de que nunca fue
- Del contenido del recurso de casación se extraen los siguientes reclamos
- La demandante Ritha Poly Sejas Rojas contesta el recurso de casación argumentando que con carácter
- Indica también que si el recurrente tenía algún reclamo que formular en torno a la
- El recurrente, en cuanto a la problemática del sorteo del expediente, no alega causal alguna,
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- El fundamento del Principio de Convalidación, tiene su esencia en que una persona que es
- Razonamiento que tiene relación con lo señalado en la SCP Nº 1420/2014 de 7 de
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Con relación al reclamo diremos que los expedientes al ser remitidos a una instancia superior
- 2
- Sala Civil Tercera, hecho aparecer la diligencia de fs
- Por lo que corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo establece el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
