Por lo expuesto, se evidencia que en el caso presente, la Jueza Sexta de Trabajo
Por lo expuesto, se evidencia que en el caso presente, la Jueza Sexta de Trabajo y Seguridad Social, tiene plena competencia para tramitar y resolver la presente demanda, porque de los datos del proceso se advierte que existe materia justiciable en esta vía, que debe ser dilucidada conforme a los datos del proceso, pues existen cuestiones de hecho que deben ser resueltas por parte de la jueza A quo, en el trascurso del proceso, para que en sentencia, de acuerdo a la prueba presentada, se reconozca o se niegue el derecho demandado, declarando probada o improbada la demanda, pero con plena competencia, porque de lo contrario se estaría causando indefensión a la parte demandante y violando el debido proceso, consagrado en el art. 115.II de la CPE
- Auto Supremo Nº 75/2017
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.256/2016
- Tramitado el proceso de referencia, la Jueza Sexta de Trabajo y Seguridad Social de La
- El referido auto de vista, motivó a la parte demandante a interponer el recurso de
- En este contexto sostuvo que, al haberse reclamado la violación de la normativa citada en
- Lo expuesto no se trata de un criterio propio, sino de una interpretación coherente de
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- También denunció violación al principio iura novit curia, inserto en el art
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- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En el caso objeto de análisis, la controversia circunscribe en dilucidar si la Jueza Sexta
- En este contexto, es imperativo señalar que “competencia”, es la facultad legal que tiene un
- Sobre el tema, a fs
- Como consecuencia de dicho fallo, Jaime Carlo Torrico Trujillo, apoderado de Thelina Argeo Corona Cortez,
- Que, mediante Resolución Nº 122/2015 de 15 de octubre, cursante de fs
- I
- II
- “V
- La normativa descrita precedentemente, determina de forma clara y contundente, que la impugnación de la
- Por lo expuesto, se evidencia que en el caso presente, la Jueza Sexta de Trabajo
- Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
