Auto Supremo AS/0117/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0117/2017

Fecha: 15-May-2017

Sin embargo de todo ello debe advertirse de la lectura de las planillas referidas que,

Sin embargo de todo ello debe advertirse de la lectura de las planillas referidas que, la empresa demandante efectuó adecuadamente el pago de los días trabajados mensualmente, no advirtiéndose la consignación de pago de horas extras en días domingos o pago por días domingo trabajados, que tampoco fue demandado por la actora; advirtiéndose que el denominado “Bono Dominical” es un bono consolidado a favor de la actora pero el mismo no encuentra sustento para su pago retroactivo, toda vez que este concepto y su pago, no se hallan abajo la cobertura normativa del DS N° 29010, DS N° 3691 y R.M. 362/07