Auto Supremo AS/0314/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0314/2017-RRC

Fecha: 03-May-2017

Añade el Tribunal a quo que también se probó que una vez sentada la denuncia


Por Sentencia 39/2016 de 8 de junio, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declara a José Luís Camargo Sandoval y Rudy Daniel Roca Valencia, autores de la comisión del delito de Violación, previsto y sancionado por el art. 308 del CP, imponiendo la pena de siete años de reclusión, al tener como acreditados los siguientes hechos:

El 15 de julio de 2012, Lino Coronado Maturano padre de la víctima Heidy Coronado Arancibia, formaliza denuncia en la Unidad de Víctimas Especiales en contra de los acusados por el delito de violación indicando que su hija de dieciocho años el 14 de julio de 2012, después de salir de su trabajo a horas 20:00, se reunió con sus compañeros del colegio en la discoteca Primavera, para festejar el cumpleaños de su compañero de colegio, lugar donde consumieron bebidas alcohólicas hasta las 4:00 am, que por iniciativa de uno de sus compañeros se dirigieron al alojamiento Kahomy, donde continuaron ingiriendo bebidas alcohólicas hasta que Heidy perdió el conocimiento siendo abusada sexualmente por los acusados, de acuerdo al acta de denuncia, el informe del policía asignado al caso que hizo las tomas fotografías del alojamiento, de los acusados en el interior de la pieza, la declaración del acusado Rudy Daniel Roca Valencia, quien admitió en audiencia de juicio relatando los hechos fácticos que estuvo en el alojamiento con la víctima con quien compartió besos y caricias en la misma cama, cuando el co-acusado José Luis Camargo Sandoval, tuvo relaciones sexuales con la víctima, así como la declaración de descargo de Germán Mamani Marca, que fue quien dio la idea de ir al alojamiento y el que apagó la luz de la habitación para que sus amigos puedan abusar sexualmente de la víctima.

Añade el Tribunal a quo que también se probó que una vez sentada la denuncia se procedió al examen médico forense a la víctima, habiéndose certificado que fue abusada sexualmente por sus compañeros y que no recordaba nada porque ingirió bebidas alcohólicas, concluyendo que al examen ginecológico se observó himen con desgarros cicatrizados sin ninguna otra lesión, que tomadas las muestras de flujo vaginal, arrojaron la presencia de semen y espermatozoides demostrando que la víctima mantuvo relaciones sexuales, hechos probados por la declaración del acusado Rudy Daniel Roca Valencia, el testigo Germán Mamani y las pruebas periciales de la médico forense; y, la pericia practicada por el laboratorio de análisis MABE