La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró admisibles e
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró admisibles e improcedentes las apelaciones restringidas interpuestas por ambos imputados, señalando entre sus conclusiones respecto a la alzada planteada por el imputado José Luis Camargo Sandoval, que con relación a que no se habría valorado la declaración testifical de Luis Germán Mamani Marca, que el Tribunal de Sentencia realizó una relación de su declaración, valorando dicho testimonio conforme a las reglas de la sana crítica y reglas previstas en el art. 173 del CPP, habiendo hecho alusión y una comparación en los hechos probados de la sentencia; que asimismo, realizó un análisis lógico, coherente, basado en la objetividad y la realidad, poniendo en relieve el lugar donde ocurrieron los hechos, la calidad de las personas que se encontraban en el lugar y las circunstancias en las que se cometió el hecho ilícito
- Por memorial presentado el 9 de noviembre de 2016, cursante de fs
- a)Por Sentencia 39/2016 de 8 de junio (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 67/2017-RA de 24 de enero,
- El recurrente refiere la existencia de contradicción en la valoración defectuosa de la prueba, debido
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita que se case el Auto de Vista impugnado, sea dejado sin efecto
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 67/2017-RA de 24 de enero, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Añade el Tribunal a quo que también se probó que una vez sentada la denuncia
- Durante el juicio los acusados produjeron la prueba documental consistente en un desistimiento de 17
- Por otra parte, el Tribunal de origen señala en el acápite destinado a los hechos
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró admisibles e
- En el caso presente, el imputado denuncia que el Tribunal de alzada no realizó un
- III.1. Sobre el debido proceso y el principio de inocencia
- Este Tribunal en reiteradas oportunidades a señalado que el debido proceso, es un principio legal
- El debido proceso, del que es elemento el principio-garantía de presunción de inocencia, exige, para
- III.2.Análisis del motivo
- Definiendo el ámbito de análisis del recurso en los términos señalados en el preámbulo del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
