El recurrente refiere la existencia de contradicción en la valoración defectuosa de la prueba, debido
El recurrente refiere la existencia de contradicción en la valoración defectuosa de la prueba, debido a que el Auto de Vista al confirmar la Sentencia convalidó la misma sin que exista algún elemento que rompa el principio de inocencia, sin otorgarle valor probatorio a las declaraciones informativas de los testigos y la ausencia de elementos para poder determinar una responsabilidad penal, sin tomar en cuenta la existencia de un desistimiento a su favor; al respecto, expresa que la norma, como la jurisprudencia prohíben la emisión de una sentencia condenatoria sin la existencia de pruebas y su efectiva valoración según la sana crítica, en el presente caso se podrá apreciar que no se ha valorado la misma; toda vez, que se funda en una acusación sin establecer de forma real y cierta la participación del imputado en el proceso, sin demostrarse el inter criminis; aclarando, que resultaría evidente que la sentencia dictada por el inferior y el Auto de Vista, no realizaron un correcto control de la valoración de la prueba; en consecuencia, no se hubiera respetado el debido proceso y la presunción de inocencia al tener en cuenta que las pruebas documentales como testificales no pudieron demostrar la participación del imputado en el tipo penal que se denuncia, situación que demuestra la existencia de valoración defectuosa de la prueba
- Por memorial presentado el 9 de noviembre de 2016, cursante de fs
- a)Por Sentencia 39/2016 de 8 de junio (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 67/2017-RA de 24 de enero,
- El recurrente refiere la existencia de contradicción en la valoración defectuosa de la prueba, debido
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita que se case el Auto de Vista impugnado, sea dejado sin efecto
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 67/2017-RA de 24 de enero, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Añade el Tribunal a quo que también se probó que una vez sentada la denuncia
- Durante el juicio los acusados produjeron la prueba documental consistente en un desistimiento de 17
- Por otra parte, el Tribunal de origen señala en el acápite destinado a los hechos
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró admisibles e
- En el caso presente, el imputado denuncia que el Tribunal de alzada no realizó un
- III.1. Sobre el debido proceso y el principio de inocencia
- Este Tribunal en reiteradas oportunidades a señalado que el debido proceso, es un principio legal
- El debido proceso, del que es elemento el principio-garantía de presunción de inocencia, exige, para
- III.2.Análisis del motivo
- Definiendo el ámbito de análisis del recurso en los términos señalados en el preámbulo del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
