Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0317/2017-RRC
Fecha: 03-May-2017
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 69/2017-RA de 24 de enero,
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El recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido, violentó la garantía del debido proceso
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I.1.2. Petitorio
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 69/2017-RA de 24 de enero, cursante de fs
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II.1. De la Sentencia
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Por Sentencia 5/2016 de 5 de mayo, el Juez Noveno de Sentencia en lo Penal,
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II.3.Del Auto de Vista impugnado
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La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a través del
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En el presente recurso Betty Acebey Serrano, denuncia que el Auto de Vista carece de
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III.1. Sobre la garantía del debido proceso y la debida fundamentación
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Este Tribunal en reiteradas oportunidades a señalado que el debido proceso, es un principio legal
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Ahora bien, por mandato del art
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En concordancia con lo anterior, estableció: ““Las resoluciones, para su validez y eficacia, requieren cumplir
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Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
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De la doctrina señalada se establece que ninguna autoridad que emita un fallo puede omitir
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III.2. Análisis del motivo
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Al respecto, corresponde precisar inicialmente que por Sentencia condenatoria se declaró al imputado autor de
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Agravios a los que el Tribunal ad quem inicialmente afirmó que no eran evidentes, que
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Ahora bien, este Tribunal advierte que si bien es evidente que el Tribunal de alzada
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Razones por las que no se advierte que el Tribunal de apelación a momento de
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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