Auto Supremo AS/0317/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0317/2017-RRC

Fecha: 03-May-2017

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a través del


La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a través del Auto de Vista impugnado, declaró improcedente la alzada, señalando entre sus conclusiones que no es evidente las afirmaciones de la alzada interpuesta, ya que si bien la víctima puede oponerse al procedimiento abreviado, en este caso el Ministerio Público tiene amplias facultades para llegar a un acuerdo con el imputado, inclusive con la oposición de la víctima o querellante, según el art. 373 y siguientes del CPP, pese a ello la denunciante tuvo conocimiento de la Sentencia y las formalidades exigidas para esa salida alternativa de procedimiento abreviado, porque estuvo presente en la audiencia de 5 de mayo de 2016, junto a su abogado y tuvo la oportunidad de presentar su recurso de apelación restringida; empero, no hizo una exposición de agravios, no fundamenta, no citó concretamente las leyes que se consideren violadas o erróneamente aplicadas, ni cuál es la aplicación que se pretende, no indicaría separadamente cada violación con sus respectivos fundamentos de acuerdo a los “arts. 169, 370, 396 inc. 3 y 408” (sic), no señalaría los supuestos defectos absolutos, ni los defectos de Sentencia, simplemente se limitó a decir que debió aumentarse la pena por la gravedad de la conducta del imputado