Auto Supremo AS/0460/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0460/2017

Fecha: 08-May-2017

Por otro lado, manifiesta que la parte demandada, a tiempo de ser notificada con el

Por otro lado, manifiesta que la parte demandada, a tiempo de ser notificada con el Auto que traba la relación procesal no objetó el mismo, eludiendo el uso de la facultad conferida por el art. 371 del CPC, tampoco ofreció prueba alguna y menos demostró la existencia del supuesto proceso ejecutivo de cobro de la obligación, por la sencilla razón de que esta no existe