Auto Supremo AS/0460/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0460/2017

Fecha: 08-May-2017

VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs

VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 111 a 113 vta., interpuesto por Carmen Salguero Palma contra el Auto de Vista Nº 29/2015 de 23 de octubre cursante a fs. 109 y vta., pronunciado por la Juez Segundo de Partido Civil Comercial del departamento de Santa Cruz, en el proceso ordinario de Prescripción de deuda seguido por Carmen Salguero Palma contra Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo Para la Vivienda “La Paz”, la concesión de fs. 116 vta., la remisión de fs. 122, el Auto Supremo de admisión de fs. 127 a 128, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
I.1.- El Juez Segundo de Instrucción en lo Civil de la ciudad de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº 07/2015 de 05 de febrero cursante de fs. 74 a 75, declarando Probada la demanda de fs. 12 a 16 vta., interpuesta por Carmen Salguero Palma contra la Asociación Mutual de Ahorro y préstamo para la Vivienda “La Paz”, en consecuencia declara lo siguiente: 1) La prescripción y extinción de la obligación pendiente de pago a la entidad demandada por la suma de Bs. 23.838,00, más de los intereses, multas y todo otro monto accesorio a la deuda principal establecida en el contrato de compraventa de un bien inmueble y préstamo de dinero con intereses sujeto a mantenimiento de valor, con garantía hipotecaria de fecha 18 de septiembre de 1990, salvando su derecho de la entidad demandada a ejercitar la garantía hipotecaria de quien detente el inmueble motivo de la garantía o el codeudor que figura en el contrato. 2) En ejecución de sentencia se oficie a la Autoridad de Supervisión de Entidades Financieras (ASFI), para que a su vez ordene a la entidad demandada, la liberación de dicha obligación y la correspondiente liberación de la central de riesgos que tuviera la demandante por la referida obligación; se condena en costas a la entidad demandada