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    Auto Supremo AS/0463/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0463/2017

    Fecha: 08-May-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Proceso: Nulidad de testimonio y cancelación de partida
    • Distrito: La Paz
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • De igual manera acusan la falta de pronunciamiento de los fundamentos de la apelación,
    • Como otro reclamo denuncian incongruencia en el Auto de Vista, pues claramente se habría identificado
    • Denuncia error de hecho en la valoración de la prueba, ya que por documentos de
    • Finalmente acusa errónea interpretación del art
    • Por lo expuesto solicita se dicte Resolución anulando obrados hasta la sentencia inclusive, o en
    • Y haciendo relación de los antecedentes que harían al presente proceso, refiere esta parte que
    • Señalan que en obrados existe fotocopia legalizada del testimonio de sus padres
    • Que desde el momento en que sus padres se adjudicaron el bien inmueble transcurrieron más
    • Finalmente refieren que en el recurso de casación no está planteado de manera clara y
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
    • En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
    • Es importante establecer una diferenciación entre la minuta, escritura pública, protocolo y testimonio, para que
    • Finalmente, diremos que el Testimonio, no es más que una copia fiel que extiende el
    • De lo señalado anteriormente se puede advertir que, entre contrato propiamente dicho y los diferentes
    • Según la Ley del Notariado del 05 de marzo de 1858 aún vigente, las escrituras
    • El empleo del referido principio supone que el Juez es quien debe conocer el derecho
    • Es este mismo entendido este Supremo Tribunal de Justicia ha orientado a través del Auto
    • En virtud del principio iura novit curia el propósito de los procesos es llegar a
    • En virtud a lo anteriormente expuesto, corresponde a continuación considerar los reclamos que fueron expuestos
    • Respecto a la falta de pronunciamiento de los fundamentos de la apelación, en el sentido
    • De estas apreciaciones y conforme a lo desarrollado anteriormente se deduce que si bien la
    • Como otro punto de su recurso de casación, los actores vuelven a acusar que el
    • Con relación al error de hecho en la valoración de las pruebas inmersas de fs
    • Finalmente respecto a la vulneración de errónea interpretación del art
    • Consiguientemente, por las razones expuestas corresponde emitir fallo conforme a lo previsto en el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.

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