Auto Supremo AS/0491/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0491/2017

Fecha: 15-May-2017

Asimismo, las omisiones y la supuesta contradicción alegadas por la recurrente para que den lugar

Asimismo, las omisiones y la supuesta contradicción alegadas por la recurrente para que den lugar a la nulidad de obrados, conforme a lo desarrollado precedentemente y la orientación que se tiene de la doctrina aplicable en su punto III.4, tienen que concurrir ciertos principios como es el de trascendencia, pero de la revisión de los fundamentos expuestos en el recurso de casación en la forma, se observa que estos no señalan cual sería el perjuicio ocasionado en la recurrente con el Auto de Vista, pues solo se limita a señalar que existe falta de valoración de la prueba, consideración del requisito para la procedencia de la reivindicación y que existiría contradicción mas no a identificar cual sería el daño producido con dicha Resolución