Auto Supremo AS/0491/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0491/2017

Fecha: 15-May-2017

El art

III.5.- De la reivindicación.-
El art. 1453 del C.C., señala: “I. El propietario que ha perdido la posesión de una cosa puede reivindicarla de quien la posee o la detenta”; precepto legal que regula el instituto de la reivindicación como una acción real, que tiene por objeto recuperar un bien, sobre el que se tiene derecho de propiedad