Auto Supremo AS/0491/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0491/2017

Fecha: 15-May-2017

En ese antecedente, lo que debe comprender el demandado es que su derecho propietario ha

En ese antecedente, lo que debe comprender el demandado es que su derecho propietario ha sido cuestionado precisamente por la existencia de otro derecho propietario de igual naturaleza, con la diferencia que en cuanto a su registro es preeminente, ese aspecto es que la norma prevista en el art. 1545 del Código Civil ampara para dar preferencia al derecho propietario de quien registra con prioridad, ante la eventualidad de que el propietario hubiera transferido a distintas personas un mismo bien, que en el caso de autos se estableció de manera efectiva que se trató de Francisco Montero el propietario originario. Consiguientemente el hecho de que la recurrente sostenga que el mejor derecho preferente no ha sido demandado, no es un argumento que pudiera considerarse para no dar aplicación de lo normado por el art. 1545 del Código Civil, toda vez que al demandar la reivindicación y estando en cuestión el derecho propietario sobre el inmueble motivo de litigio corresponderá a los jueces de instancia analizar y compulsar ambos títulos y determinar el mejor derecho propietario de una de las partes y recién ordenar la reivindicación del inmueble a favor de quien corresponda, situación que se dio en el caso de Autos donde se otorgó legitimidad al título del demandante con la consiguiente procedencia de la acción reivindicatoria en su favor sobre el inmueble objeto del litigio