Auto Supremo AS/0522/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0522/2017

Fecha: 17-May-2017

Con relación al Auto de Vista el cual se acusa como incongruente, diremos que el


Sobre el particular diremos que la revisión del Auto de Vista cursante de fs. 352 a 354 vta., este se circunscribió a los agravios expuestos en el recurso de apelación, pues el demandado reclamó sobre la inexistencia de una prestación desproporcional al existir una segunda transferencia que refleja el precio de $us. 53.000, que no existiría perjuicio en el momento de la conclusión del contrato y que los avalúos periciales expresarían valores actuales y que no corresponderían de acuerdo al art. 563 del CC, asimismo reclamo con relación a que en el presente proceso no existiría estado de necesidad como para que proceda la acción rescisoria, ya que el demandante no padecería ninguna enfermedad grave.

Con relación al Auto de Vista el cual se acusa como incongruente, diremos que el Tribunal Ad quem considero los agravios expuestos y realizo un análisis respecto a la desproporcionalidad del precio, así como el estado de necesidad, la ligereza o la ignorancia de la parte perjudicada y realizo un análisis en cuanto al informe pericial y su complementación, considerando los agravios expuestos por la parte apelante, de lo que se infiere que en el caso de Autos el Tribunal de Alzada se ha pronunciado en base a los reclamos expuestos en el recurso de apelación, incidiendo en aspectos que configuran la rescisión de contrato por lesión, no encontrando este Tribunal que el Auto de Vista sea incongruente, como lo manifiestan los recurrentes