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7.- Reitera su argumento con referencia al plano del IGM indicando haber sido elaborado por especialistas, sobre el cual no podría existir sobre posición por otro plano de regularización municipal efectuado en forma posterior, aspecto sobre el cual el Auto de Vista tampoco se habrá pronunciado
- Distrito: Cochabamba
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- II.1.- En la forma
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- Finaliza indicando que en el Auto de Vista no existe pronunciamiento ni motivación alguna sobre
- II.2.- En el fondo
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- “Ahora bien, los presupuestos o antecedentes necesarios para que opere la nulidad procesal son: a)
- “En cuanto a la nulidad de los actos procesales, complementando el entendimiento establecido en la
- Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
- La SCP 1662/2012 de 01 de octubre en el Punto III
- IV.1.- Recurso en la forma
- Si bien el Ad-quem no emitió pronunciamiento de manera específica con respecto a cada uno
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- Al margen de lo señalado, la parte demandante pese a su legal notificación conforme dan
- El recurrente de manera breve refiere violación e interpretación errónea del art
- El Ad-quem al haber hecho referencia a la valoración de las pruebas realizada por el
- Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir Resolución para ambos tipos de recurso, en la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
