Al margen de lo expresado se evidencia que lo planteado por el recurrente tiene que
Al margen de lo expresado se evidencia que lo planteado por el recurrente tiene que ver con los daños y perjuicios que les ocasiona la presente demanda al considerarlos como sujetos pasivos en la misma, aspecto que dentro del proceso fue debatido mediante la excepción de impersonería de los demandados y resuelta por la Juez A quo mediante auto interlocutorio Nº 210/12, de fecha 22 de junio de 2012, cursante a fs. 99 a 100 vta., de obrados, el mismo que fue impugnado por los codemandados mediante recurso de apelación cursante de fs. 103 a104 y concedida en el efecto diferido por proveído de fecha 22 de agosto de 2012, cursante a fs. 109 de obrados. No habiendo sido planteado recurso de apelación menos fundamentado la apelación en el efecto diferido, razón por la cual lo observado no tiene fundamento legal
- Partes: Francisco Condori Condori y Epifania Yave Adrián
- Distrito: La Paz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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- En el fondo
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- De la respuesta al recurso de casación
- Indican que de su parte se demostró el derecho propietario con el que cuentan sobre
- III.1.- De la congruencia de las resoluciones
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- III.2.- Del principio de Convalidación
- El fundamento del Principio de Convalidación, tiene su esencia en que una persona que es
- Razonamiento que tiene relación con lo señalado en la SCP Nº 1420/2014 de 7 de
- III.3.- De la reivindicación
- En suma, se puede expresar que el derecho de propiedad permite reivindicar la cosa de
- En la forma
- Con relación al reclamo diremos que la parte recurrente cuestiona que la congruencia respecto al
- De la revisión del proceso y más propiamente de la contestación de demanda cursante a
- Al margen de lo expresado se evidencia que lo planteado por el recurrente tiene que
- Con relación a lo observado diremos que el Tribunal de Alzada respecto a las pruebas
- De lo transcrito se evidencia que el Tribunal de Alzada para revocar la decisión de
- Con relación al reclamo diremos que conforme lo expresamos en la doctrina aplicable en el
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- Sobre el particular en la inspección judicial realizada, la Juez de la causa refiere que:
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- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs. 1000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
