En la forma
IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En la forma:
1.- Indica el recurrente que habría interpuesto demanda reconvencional de demanda reivindicatoria sobre daños y perjuicios la misma que jamás ha prosperado por lo que la Juez de la causa ni siquiera ha corrido traslado, debiendo el Tribunal de Alzada revisar detenidamente el proceso, para el caso de revocar en parte la Sentencia
En la forma:
1.- Indica el recurrente que habría interpuesto demanda reconvencional de demanda reivindicatoria sobre daños y perjuicios la misma que jamás ha prosperado por lo que la Juez de la causa ni siquiera ha corrido traslado, debiendo el Tribunal de Alzada revisar detenidamente el proceso, para el caso de revocar en parte la Sentencia
- Partes: Francisco Condori Condori y Epifania Yave Adrián
- Distrito: La Paz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 2
- En el fondo
- 3
- 4
- 6
- De la respuesta al recurso de casación
- Indican que de su parte se demostró el derecho propietario con el que cuentan sobre
- III.1.- De la congruencia de las resoluciones
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- III.2.- Del principio de Convalidación
- El fundamento del Principio de Convalidación, tiene su esencia en que una persona que es
- Razonamiento que tiene relación con lo señalado en la SCP Nº 1420/2014 de 7 de
- III.3.- De la reivindicación
- En suma, se puede expresar que el derecho de propiedad permite reivindicar la cosa de
- En la forma
- Con relación al reclamo diremos que la parte recurrente cuestiona que la congruencia respecto al
- De la revisión del proceso y más propiamente de la contestación de demanda cursante a
- Al margen de lo expresado se evidencia que lo planteado por el recurrente tiene que
- Con relación a lo observado diremos que el Tribunal de Alzada respecto a las pruebas
- De lo transcrito se evidencia que el Tribunal de Alzada para revocar la decisión de
- Con relación al reclamo diremos que conforme lo expresamos en la doctrina aplicable en el
- 5
- Sobre el particular en la inspección judicial realizada, la Juez de la causa refiere que:
- 7
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs. 1000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
