Auto Supremo AS/0154/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0154/2017

Fecha: 14-Jun-2017

Debemos recordar que la prescripción liberatoria es una consecuencia de la inactividad de las partes,

Debemos recordar que la prescripción liberatoria es una consecuencia de la inactividad de las partes, conforme se tiene dicho ut supra, que hace presumir que la relación jurídica que las unía se ha extinguido, o que han perdido interés en hacerla valer. Pero, puede suceder que esa inactividad no deba computarse para extraer tal presunción, porque es la consecuencia de una imposibilidad material o jurídica de obrar