Auto Supremo AS/0456/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0456/2017-RA

Fecha: 20-Jun-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 5 de 6 de mayo de 2016 (fs. 968 a 978), el Tribunal Quinto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró al imputado José Luis Bravo Moreno, autor de los delitos de Concusión Impropia; y, Asociación Delictuosa y Confabulación, previstos y sancionados en los arts. 69 y 53 de la Ley 1008, imponiendo la pena de trece años y cuatro meses de presidio y al imputado José María Gonzáles Limadín, autor de los ilícitos de Asociación Delictuosa y Confabulación; y, Concusión Propia, tipificados en los arts. 53 y 68 de la Ley 1008, estableciendo la pena de diez años y seis meses de presidio, implantando para ambos imputados la multa de doscientos días a razón de Bs. 2.- (dos bolivianos) por día, más costas y daños causados a ser regulados en ejecución de Sentencia, siendo absueltos de pena y culpa por los delitos de Allanamiento de Domicilio y Transporte de Sustancias Controladas, previstos y sancionados en los arts. 298 del CP y 55 de la Ley 1008