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    Auto Supremo AS/0497/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0497/2017-RRC

    Fecha: 30-Jun-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 29 de noviembre del 2016, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Calixto Quispe Lomar interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 155/2017-RA de 17 de marzo,
    • Denuncia el recurrente que el Tribunal de apelación en el punto 3 del segundo considerando
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicita se anule la Resolución impugnada y se disponga el pronunciamiento de un
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
    • antijuricidad de su conducta, ya que para nadie es desconocido que el tocar la partes
    • El acusado Calixto Quispe Lomar, formuló recurso de apelación restringida, a cuyo fin se destacan
    • b)Inobservancia a las reglas relativas a la congruencia entre la sentencia y la acusación, porque
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • Radicado que fue el recurso de apelación restringida, mediante providencia de 28 de julio de
    • Por memorial de 3 de agosto de 2016 (fs
    • El resto de los motivos -primero, segundo y cuarto-, el Auto de Vista impugnado, previa
    • El presente caso fue admitido por vía de flexibilización, ante la denuncia del recurrente que
    • III.1. El derecho al debido proceso
    • Con carácter previo al análisis del caso, es de considerar que el debido proceso, es
    • inocencia; d) El derecho a ser asistido por un traductor o intérprete; e) El derecho
    • III.2. Del principio de legalidad
    • Este principio se encuentra previsto en el art
    • Este principio en materia penal, obliga a los juzgadores someterse a la voluntad de la
    • III.3. La seguridad jurídica
    • “…la SCP 0616/2014 de 25 de marzo, señaló: ‘La SC 0511/2011-R de 25 de abril,
    • III.4.Análisis del caso en concreto
    • Precisando el motivo de casación en el preámbulo del acápite III del presente fallo, en
    • Ahora bien, mediante providencia de 28 de julio de 2016 de fs
    • Después que el imputado presentó memorial, alegando subsanar las observaciones realizadas por el Tribunal de
    • Con estos antecedentes, en relación al tercer motivo de la apelación restringida, cuyo rechazo por
    • Asimismo, se advierte en el memorial de subsanación del recurso de apelación restringida cursante de
    • Por otra parte, si bien el imputado señala la norma habilitante; no es menos cierto,
    • sustenta en principios entre los que se encuentra el de la seguridad jurídica; por lo
    • Por lo referido, en relación a este quinto motivo, el Tribunal de apelación, obró correctamente
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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