Asimismo, se advierte en el memorial de subsanación del recurso de apelación restringida cursante de
Asimismo, se advierte en el memorial de subsanación del recurso de apelación restringida cursante de fs. 181 a 194 vta., que el imputado, teniendo la oportunidad de ser más preciso en el motivo de apelación planteada como también de explicar y fundamentar las reglas de la sana crítica que el Tribunal de Sentencia inobservó a momento de compulsar las pruebas, reiteró su error, en sentido de haber planteado este motivo de manera confusa, con ausencia de precisión respecto a los elementos que la componen; y, omisión en la fundamentación sobre las reglas de la sana crítica, observada por el tribunal de alzada e incumplida por el recurrente
- Por memorial presentado el 29 de noviembre del 2016, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Calixto Quispe Lomar interpuso recurso de apelación restringida (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 155/2017-RA de 17 de marzo,
- Denuncia el recurrente que el Tribunal de apelación en el punto 3 del segundo considerando
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se anule la Resolución impugnada y se disponga el pronunciamiento de un
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
- antijuricidad de su conducta, ya que para nadie es desconocido que el tocar la partes
- El acusado Calixto Quispe Lomar, formuló recurso de apelación restringida, a cuyo fin se destacan
- b)Inobservancia a las reglas relativas a la congruencia entre la sentencia y la acusación, porque
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Radicado que fue el recurso de apelación restringida, mediante providencia de 28 de julio de
- Por memorial de 3 de agosto de 2016 (fs
- El resto de los motivos -primero, segundo y cuarto-, el Auto de Vista impugnado, previa
- El presente caso fue admitido por vía de flexibilización, ante la denuncia del recurrente que
- III.1. El derecho al debido proceso
- Con carácter previo al análisis del caso, es de considerar que el debido proceso, es
- inocencia; d) El derecho a ser asistido por un traductor o intérprete; e) El derecho
- III.2. Del principio de legalidad
- Este principio se encuentra previsto en el art
- Este principio en materia penal, obliga a los juzgadores someterse a la voluntad de la
- III.3. La seguridad jurídica
- “…la SCP 0616/2014 de 25 de marzo, señaló: ‘La SC 0511/2011-R de 25 de abril,
- III.4.Análisis del caso en concreto
- Precisando el motivo de casación en el preámbulo del acápite III del presente fallo, en
- Ahora bien, mediante providencia de 28 de julio de 2016 de fs
- Después que el imputado presentó memorial, alegando subsanar las observaciones realizadas por el Tribunal de
- Con estos antecedentes, en relación al tercer motivo de la apelación restringida, cuyo rechazo por
- Asimismo, se advierte en el memorial de subsanación del recurso de apelación restringida cursante de
- Por otra parte, si bien el imputado señala la norma habilitante; no es menos cierto,
- sustenta en principios entre los que se encuentra el de la seguridad jurídica; por lo
- Por lo referido, en relación a este quinto motivo, el Tribunal de apelación, obró correctamente
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
