Auto Supremo AS/0501/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0501/2017-RRC

Fecha: 30-Jun-2017

Cuando el precepto legal que se invoque como inobservado o erróneamente aplicado constituya un defecto

Cuando el precepto legal que se invoque como inobservado o erróneamente aplicado constituya un defecto del procedimiento, el recurso sólo será admisible si el interesado ha reclamado oportunamente su saneamiento o ha efectuado reserva de recurrir, salvo en los casos de nulidad absoluta o cuando se trate de los vicios de la sentencia, (…)”, y el 408 del mismo cuerpo de leyes, prevé: “(INTERPOSICIÓN) El recurso de apelación restringida será interpuesto por escrito, en el plazo de quince días de notificada la sentencia. Se citarán concretamente las disposiciones legales que se consideren violadas o erróneamente aplicadas y se expresará cuál es la aplicación que se pretende. (…)”