Auto Supremo AS/0501/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0501/2017-RRC

Fecha: 30-Jun-2017

de 13 de enero y la Resolución 38/2015 de 27 de enero; no obstante, el


Agrega, que conforme prevé el art. 163 del CPP, las notificaciones con la Sentencia y resoluciones definitivas deben cumplirse de forma escrita y personal, por lo que interpuso su recurso de apelación en tiempo oportuno contra la Sentencia 12/2015


de 13 de enero y la Resolución 38/2015 de 27 de enero; no obstante, el Tribunal de alzada declaró la inadmisibilidad, vulnerando sus derechos a la impugnación, doble instancia, debido proceso, defensa y tutela jurídica, y al no ingresar al fondo de su recurso, no se analizó que el actuar del Juez de mérito constituye defecto absoluto que no se puede convalidar