Acusa violación a la independencia de la autoridad jurisdiccional, en cuanto a la valoración de
Acusa violación a la independencia de la autoridad jurisdiccional, en cuanto a la valoración de la prueba, alegando que esta es atribución privativa de los jueces de instancia y que el Auto de Vista carecería de fundamentación para observar y cuestionar la misma, menos aún para ser considerada motivo o causal de nulidad
- Distrito: Chuquisaca
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es apelada por Sandro Ivo Valda Céspedes, en representación legal
- En ese antecedente y de la revisión del proceso establece que la parte demandada no
- Por otra parte señala que no hubo el debido análisis y correcta ponderación de las
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO
- Acusa violación a la independencia de la autoridad jurisdiccional, en cuanto a la valoración de
- Acusa vulneración del principio de congruencia, señalando que el art
- En virtud a lo expuesto señala interponer recurso de casación en la forma y en
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Al respecto el A
- En el tema de nulidades, la doctrina como las legislaciones han avanzado y superado aquella
- Entendimiento que también se encuentra plasmado en el Código Procesal Civil boliviano promulgado por
- En ese contexto, la jurisprudencia constitucional ha establecido a través de la SCP Nº
- Así también la jurisprudencia de este Supremo Tribunal ha orientado en el Auto Supremo Nº
- En referencia a las nulidades específicas, si bien es cierto que por disposición de la
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- En este entendido, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que, citando
- En este antecedente, el Tribunal de casación a momento de realizar el análisis sobre los
- IV. DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESULUCIÓN
- En cuanto a que el Auto de Vista habría sido emitido en contraposición de la
- Al respecto corresponde señalar que el reclamo se encuentra orientado a cuestionar las disposiciones legales
- En cuanto a la supuesta violación a la independencia de la autoridad jurisdiccional, el recurrente
- Del análisis del reclamo se advierte que el mismo carece de sustente legal, pues si
- Por otra parte ante la duda generada por la Juez A quo respecto de la
- Finalmente el Auto de Vista estableció que con la finalidad de verificar la verdad material
- Respecto de la vulneración del principio de congruencia y el art
- Por los motivos expuestos precedentemente, este Tribunal de Casación no encuentra sustento legal en el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
