I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Tercero en lo Civil de la ciudad de Trinidad pronuncia la Sentencia Nº 51/15 de 19 de noviembre que cursa de fs. 1362 a 1364, declarando improbada la demanda de pago de daños y perjuicios e improbadas las excepciones de falta de legitimación activa y pasiva
El Juez de Partido Tercero en lo Civil de la ciudad de Trinidad pronuncia la Sentencia Nº 51/15 de 19 de noviembre que cursa de fs. 1362 a 1364, declarando improbada la demanda de pago de daños y perjuicios e improbadas las excepciones de falta de legitimación activa y pasiva
- Partes: Néstor Colque Condori
- Proceso: Pago de daños y perjuicios
- Distrito: Beni
- VISTOS: El recurso de casación de 1393 a 1396 vta
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la Resolución de primera instancia se pronuncia el Auto de Vista que cursa de
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- El Ad quem interpreta erradamente el art
- Describe que con la prueba de fs
- Señala que el recurso no cumple con los arts
- Asimismo refiere que, no existe error de interpretación del art
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Ahora el derecho de propiedad, se encuentra descrito en el art
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Los de instancia dejaron la pretensión del actor arguyendo no haberse adjuntado el carnet de
- Por otra parte, respecto a la consideración que tiene la calidad de poseedor y no
- Respecto a la contestación al recurso de 1401 a1405 vta
- Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
